viernes, 23 de junio de 2017

Estatuto de OMP: Puesta al día

Obras Misionales Pontificias España


La Asamblea General de las OMP 2017 ha presentado el nuevo Estatuto de Obras Misionales Pontificias tras los trabajos de revisión y puesta al día que ha llevado a cabo la comisión de OMP nombrada por el Consejo Superior de OMP en 2015.

Directores de las Obras Misionales Pontificias de todo el mundo durante la Asamblea General de OMP 2017


La Asamblea del Consejo Superior de las OMP del año 2015 admitió una moción en la que se pedía al prefecto de la Congregación para la Evangelización de los Pueblos (CEP), cardenal Fernando Filoni, el permiso para la revisión del Estatuto de las OMP aprobado el año 2005. Con su aceptación nacía una Comisión encargada de preparar una propuesta de integración de algunas cuestiones  urgentes en el Estatuto. 
Ante el proceso de revisión de la constitución apostólica Pastor bonus, era aconsejable limitarse a la identificación de aquellas cuestiones que estaban demandando una reflexión y búsqueda de nuevas formulaciones a la luz de la experiencia actual. Otros cambios significativos en el texto del Estatuto solo podrían articularse después de la publicación de la nueva constitución.

La Asamblea de 2016, a propuesta de la Comisión elegida, solicitó al cardenal Filoni la necesaria integración de nuevos artículos, referidos fundamentalmente a la administración de los bienes y la creación de la Comisión de Finanzas.Tras escuchar la opinión de los superiores de la CEP y de los miembros del Comité Ejecutivo de las OMP, esta doble integración fue aprobada por el prefecto de la Congregación: el 11 de mayo de 2016, los artículos 46-51, referidos a la Administración y al Encargado de la Administración; y el 16 de enero de 2017, el artículo 41, relativo al Consejo de Finanzas. 
La necesaria transparencia en la gestión de los donativos recibidos para la misión reclamaba una mayor participación de los directores nacionales de OMP en el seguimiento de los procedimientos administrativos. Para acompañar a los secretarios generales en la gestión de los bienes que los fieles entregan al Papa para cooperar con la actividad misionera de la Iglesia, nació una Comisión integrada por cinco directores nacionales elegidos en la Asamblea. El fruto de esta experiencia ha cristalizado en la incorporación del Consejo de Finanzas (artículo 41) al nuevo texto del Estatuto. Su finalidad es estudiar las cuestiones referidas a operaciones financieras y administrativas de las OMP y formular recomendaciones sobre su eficaz funcionamiento.

Sin quitar autonomía a cada una de las Obras Misionales Pontificias, a las que corresponde la gestión de su respectivo Fondo Universal de Solidaridad, se veía necesario un servicio único para la gestión y administración de estos bienes. Así nace la “oficina única” que se encargará de la administración, de la contabilidad, de los balances y del personal de los Secretariados Internacionales. Los nuevos artículos 46-48 describen sus competencias, bajo la dirección del Encargado de la Administración. A este le competen unas obligaciones que garanticen no solo la transparencia en la gestión de los bienes recibidos, sino también el exigente seguimiento para que se viva la pobreza evangélica en cualquiera de las decisiones que se tomen sobre el uso y destino de los bienes.


Quedan para posterior estudio otras cuestiones de cara a la renovación del Estatuto, como son una mayor profundización en el carácter episcopal de las OMP; la compatibilidad entre el carácter universal de las OMP y la legislación civil de los países donde se trabaja; y la necesaria participación de todos los territorios de misión, evitando la dicotomía entre los que dan y los que reciben.

Anastasio Gil,  Director Nacional de OMP
Tribuna Misionera Revista Misioneros Tercer Milenio